7 de febrero de 2013

La pensión de los expresidentes del gobierno



No sé si algún administrativista ha hecho ya un estudio concienzudo acerca de lo que podríamos denominar el curioso caso de los ex presidentes del gobierno. Si así no fuera, desde ahora animo a cualquier doctorando en busca de tema a reunir en una tesis cuanto atañe a esta singular figura político-administrativa. Yo sólo señalaré aquí un detalle de su régimen jurídico, la denominada pensión vitalicia.

En realidad no es una pensión en el sentido estricto de la palabra sino una dotación para gastos de oficina, atenciones de carácter social y, en su caso, alquileres de inmuebles. Pero el caso es que con ese motivo reciben, mientras viven, un sueldo mensual más que razonable, del que no tienen que dar cuenta a nadie y que, faltaría más, es compatible con cualquier otra remuneración, sea del tipo que sea y alcance la cuantía que alcance. En términos castizos, todo un sueldo nescafé, de esos a los que aspiramos  miles de españoles cuando enviamos las consabidas etiquetas....

Comentándolo en la oficina, los contertulios eran mayoritariamente favorables al citado sueldo y la división de opiniones sólo afectaba a la justificación teórica de tan consoladora asignación. Unos decían que mejor es eso que no la conducta del administrador infiel de los evangelios, que vio venir el cese y se preparó un cálido retiro a costa de renegociar las deudas del amo... Otros, muy dignos, se rasgaban las vestiduras ante la hipótesis de ver algún día a un expresidente en la miseria, con el consiguiente desdoro para la nación; mejor lo de la pensión, afirmaban, otorgando así un decente pasar a quienes un día nos representaron a todos.

Quedó claro en la charla de cafetería que la mayor parte de los congregados compartía al menos una de las siguientes tesis:

Primera: los presidentes del gobierno, si no se les da una pensión vitalicia, indefectiblemente causarán serios desperfectos al erario mediante turbios manejos que les aseguren la subsistencia física en el post mortem político.

Segunda: los presidentes del gobierno, una vez desalojados del palacio de la Moncloa, son presa del desempleo más pronto que tarde sin que les valgan de nada los muchos méritos y saberes que tuvieron que acreditar para residir en el citado palacio ni tan siquiera la exclusiva agenda que allí a buen seguro confeccionaron.

No sé si mis compañeros de café llegaron a reparar en la pobre opinión que en el fondo tienen acerca de las cualidades personales y profesionales de los presidentes pasados, presentes y futuros... Yo luego estuve mirando la legislación y observé que al principio (1983) la asignación se limitaba a los cuatro años posteriores al cese, convirtiéndose en vitalicia a partir de 1992, mediante una nueva regulación del asunto. Ah!, y desde 2004 pueden doblar o triplicar esa cantidad mediante la adjudicación ad personam de una plaza de consejero vitalicio en el Consejo de Estado. Se supone -al menos eso dice la nueva ley- que se trata de aprovechar así su impagable experiencia de gobierno (sí, han leído bien: impagable)


No hay comentarios:

Publicar un comentario